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 Modificación normativa en Asturias

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4 participantes
AutorMensaje
Gerardo Pajares

Gerardo Pajares


Cantidad de envíos : 633
Fecha de inscripción : 21/05/2008

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MensajeTema: Modificación normativa en Asturias   Modificación normativa en Asturias Icon_minitimeMiér Mar 28, 2012 10:57 am

La DGV publicada en el BOPA de 21 de marzo de 2012 ha recogido en el artículo 5º relativo a Perros los siguiente:

"5.2. Cobro de piezas de caza:

En caso de ser necesario el cobro de una pieza de caza herida o muerta, el mismo podrá realizarse en un plazo máximo de 48 horas posteriores a la fecha de celebración de la cacería, durante las cuales el permiso de caza verá prorrogada su validez únicamente con este fin. El cobro será realizado por un máximo de dos cazadores, obligatoriamente acompañados por el Guarda del Medio Natural o Guarda de Campo responsables de la cacería, que podrán portar un solo arma y auxiliarse de un perro debidamente atraillado que solo podrá soltarse al final del lance para el acoso final de la pieza. En estos casos se anotará en el permiso de caza los participantes en el cobro, con nombre e identificación de estos y del guarda acompañante.

Cuando el cobro deba de realizarse en un terreno cinegético contiguo de donde se desarrolla la cacería será obligatoria la presencia del Guarda de Campo del Coto Regional de Caza, responsable de la cacería, el aviso y consentimiento previo del Guarda de Campo del terreno cinegético contiguo al que hay que acceder y si es posible su presencia, llevando el arma enfundada y descargada hasta el momento del abatimiento de la pieza. Asimismo se deberá de comunicar previamente dicha contingencia al Seprona."

No es lo mejor, pero ya se sabe que "lo mejor es enemigo de lo bueno".

Saludos

Gerardo Pajares

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Tirso Leal

Tirso Leal


Cantidad de envíos : 442
Fecha de inscripción : 03/02/2009
Edad : 55
Localización : Cáceres

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MensajeTema: Re: Modificación normativa en Asturias   Modificación normativa en Asturias Icon_minitimeMiér Mar 28, 2012 11:39 am

Gerardo Pajares escribió:

No es lo mejor, pero ya se sabe que "lo mejor es enemigo de lo bueno".

Enhorabuena!!!!
No es lo mejor, pero.... creo, aunque puedo equivocarme, que sí es lo mejor que se ha conseguido hasta el momento
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Álvaro García Mateu

Álvaro García Mateu


Cantidad de envíos : 1116
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Localización : Torrelodones (Madrid)

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MensajeTema: Re: Modificación normativa en Asturias   Modificación normativa en Asturias Icon_minitimeMiér Mar 28, 2012 12:13 pm

Otro paso más. Lo del arma enfundada complica la cosa, pero ya va habiendo al menos un ligero marco legal. A partir de ahí tendrán que venir las mejoras en los textos. Herminio ya está haciendo una recopilación de las disposiciones legales vigentes, para hacérsela llegar a los socios.
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Gerardo Pajares

Gerardo Pajares


Cantidad de envíos : 633
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MensajeTema: Re: Modificación normativa en Asturias   Modificación normativa en Asturias Icon_minitimeMiér Mar 28, 2012 2:20 pm

Lo del arma enfundada es sólo en el caso de entrar en espacios protegidos o cotos ajenos. Hay que tener presente que en Asturias no puede haber cotos de menos de 3000 ha. y con frecuencia superan ampliamente las 10.000, así que no será algo muy frecuente.

Saludos

Gerardo Pajares
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Miguel G.M

Miguel G.M


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MensajeTema: Re: Modificación normativa en Asturias   Modificación normativa en Asturias Icon_minitimeMiér Mar 28, 2012 10:28 pm

Que buena noticia Gerardo los asturianos estamos de enhorabuena!!!!!!
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MensajeTema: Re: Modificación normativa en Asturias   Modificación normativa en Asturias Icon_minitime

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